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BARRIO DE MONSERRAT
blason de la ciudad de buenos aires - un águila negra coronada sostiene con su garra derecha la Cruz de Calatrava, símbolo de la Santa Fe Católica. Los 4 aguiluchos son las cuatro ciudades que tenia que fundar Garay de acuerdo a las capitulaciones firmadas con el Rey de España
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"Buenos Aires, esa desconocida:©

NOTICIAS DEL BARRIO DE MONSERRAT Y DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Escuela Mariano Acosta

Escuchar el programa Marca de Radio (AM 910 La Red ) este sábado 28 de julio a las 10 de la mañana

Todos los que tengan algo que ver con la Escuela
Mariano Acosta deben escuchar el programa Marca de Radio
(AM 910 La Red ) este sábado 28 de julio a las 10 de la mañana.

> La producción de Eduardo Aliverti
> tiene todo el material sobre Bricons
> ayer y hoy están realizando los reportajes
> telefónicos que luego editaran
> la idea es mostrar tres partes
> del conflicto, así lo hicieron saber
> por un l...ver +

Receso invernal

Alto nivel de ocupación en los hoteles de la Ciudad

El próximo lunes 23 comienza el receso invernal en la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires. La semana continuará con una agenda de actividades múltiple y muy atractiva, especialmente con la inauguración de la Exposición Rural de Palermo, un evento que llega a convocar al millón de visitantes y los más de 500 espectáculos y actividades recreativas para chicos y grandes que organiza el gobierno porteño.

A pesar de que varias provincias como Córdoba, Entre Ríos, La Rioja, Mendoza, San Juan, San Lui...ver +

Otro blog más!

Portal de turismo de la Ciudad de Buenos Aires

El portal de turismo del Gobierno de Buenos Aires –www.bue.gov.ar– cuenta con un nuevo canal de conversación para el intercambio de ideas con los usuarios, ya sean porteños o visitantes nacionales y del exterior.

Se trata del blog Viajá Buenos Aires, que permite a los usuarios contar las características de lugares descubiertos, divulgar los datos más exclusivos de Buenos Aires, comentar qué les gustó y qué no del viaje, conocer a otros viajeros, recomendar, criticar y debatir sobre los atractivos de la Ciudad.
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Escuela de Capacitación Docente

Inscripción, hasta el 13 de agosto

Comenzó la inscripción para los cursos gratuitos de capacitación destinados a docentes en ejercicio y aspirantes a ingresar a la docencia en todas las áreas del sistema educativo de la Ciudad de Buenos Aires. Son cuatrimestrales, tienen una duración de 60 horas cátedra y se dictan en trece encuentros semanales de tres horas reloj. 
La inscripción se realiza en todas las sedes del CePA, ubicadas en distintos barrios de la Ciudad, en donde también se brinda información y asesoramiento sobre las diferentes propuestas...ver +

Del 20 al 21 de julio en La Rural

Encuentro Internacional sobre "Materiales y Diseño"

El Centro Metropolitano de Diseño (CMD) de la Subsecretaría de Industrias Culturales del Ministerio de Producción del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires convoca a participar en la Conferencia CMD 07 / Encuentro Internacional sobre "Materiales y Diseño", que se llevará a cabo el 20 y 21 de julio de 2007 en La Rural, Av. Sarmiento 2704.

En su tercera edición consecutiva, la Conferencia CMD 07 estará orientada a abordar los procesos de generación de nuevos materiales y al mis...ver +

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AGENDA

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EMERGENCIAS - HOSPITALES - CENTROS DE SALUD - FARMACIAS - POLICIA - ESCUELAS - BOMBEROS - BIBLIOTECAS - CENTROS CULTURALES - CENTROS DEPORTIVOS

LAS NARRADORAS DE GERDHARMAR - LAS CAMPANAS DE NAVARRO - NADACOMUN - ESQUINAS DE MONSERRAT - PERSONAS PERDIDAS - CBAS - PREVENCIÓN DE ACCIDENTES EN PASOS A NIVEL

 Reporte de mutilación de árboles en la calle Carlos Calvo - Reporte de demoliciones en el Barrio de Monserrat - Puertas del Bicentenario - Las dos calles más antiguas de la Ciudad de Buenos Aires, están en el barrio de Monserrat

ARCHIVO DE TAPAS
Las tapas son versiones del index de Curiosa Monserrat obtenidas los días citados. Las tapas antiguas, debido a la actualización permanente, pueden hacer referencia a imágenes o textos que ya no estén disponibles.

Al 19-julio-2007

Al 12-julio-2007

Al 05-julio-2007

Al 28-junio-2007

Al 21-junio-2007

Al 14-junio-2007

Al 07-junio-2007

Al 31-mayo-2007

Al 24-mayo-2007

Al 17-mayo-2007

Al 10-mayo-2007

Al 03-mayo-2007

Al 26-abril-2007

Al 19-abril-2007

Al 12-abril-2007

Al 05-abril-2007

Al 29-marzo-2007

Al 22-marzo-2007

Al 15-marzo-2007

Al 08-marzo-2007

Al 01-marzo-2007

Al 22-febrero-2007

Al 15-febrero-2007

Al 08-febrero-2007

Al 01-febrero-2007

Al 25-enero-2007

Al 18-enero-2007

ARCHIVO DE NOTICIAS

12 al 19 julio 07

-Manuel Puig presenta

-Los vecinos se pueden sacar la máscara de gas

-FEDERACION ARGENTINA CONSORCIOS

-Firma de Acuerdos de Producción más Limpia

-Vacaciones de invierno para chicos en los Museos de Buenos Aires

-A un mes y medio del hecho que determinó el alejamiento de nuestros hijos del colegio

-Comenzó el ajedrez en los Juegos Evita

-BOLETÍN INFORMATIVO N°31

-Cartas de Lectores

-ACTIVIDADES CULTURALES

05 al 12 julio 07

-Segundo encuentro de legisladores con representantes barriales

-Las Colonias de invierno

-Maratón en Palermo

-La Instalación del artista Javier Areal Vélez

-Nieve sobre Buenos Aires

-Quinto Campeonato Mundial de Baile de Tango

-¿Por qué no en Almagro? Por Leonardo Moledo

-Estamos repodridos

-Dan películas de los Hermanos Marx

-Nació el 9 de julio de 1894

28 junio al 05 julio 07

-Cómo conducir en días de niebla

-Centro de Protección de Datos Personales

-Reunión en el Club El Talar

-La orfebrería de Federico Pandra

-Se inauguró otro Centro de Gestión y Participación Comunal

-Se entregaron los premios Trinidad Guevara a la producción teatral 2006

-Puente vehicular en Caballito

-Vecinos de Monserrat: Una mano para los niños

-Se firmaron las escrituras del Polo Farmacéutico

-Mejoramiento del centro de trasbordo de pasajeros y del área de tránsito

21 al 28 junio 07

-Apáticos o demócratas?

-Corre peligro el Mariano Acosta?

-Tranvía de Puerto Madero

-El humor de Filmus

-Preguntarle a la que sabe

-Macri y Michetti a Bolívar 1

-1000 alumnos en el Colón!!!

-El Advertidor de Peligros Urbanos

-Qué hay de nuevo en acceder.gov.ar?

-Lupo cumple un año

14 al 21 junio 07

-La importancia de llamarse...

-Proponen un nuevo sistema de concursos para jueces en la Ciudad

-Cómo ingresar un vagón en el túnel de la Línea H

-¡Es inútil... Sí, pero... *

-El Mapa del Delito

-Yo te alegré con mis gritos en los tiempos de Carlitos, por Rivadavia y Rincón

-Por siempre el Tango

-El negocio del siglo?

-Una brigada en contra de la explotación sexual infantil

-CREACIÓN DEL "ENTE SUBTE H - TRAMO SUR"

07 al 14 junio 07

-Camioneta mala!

-Praga y Buenos Aires, unidas culturalmente como nunca gracias a Kafka y Borges

-Moreno 1382 reventando de agua podrida

-El público, rehén cotidiano del caos

-Cuando vivir en Monserrat empieza a transformarse en un asco

-Encuentro por el transporte público

-Un inconveniente administrativo deja sin voz a un Barrio Porteño

-Carlos Heller

31 mayo al 07 junio 07

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NOTICIAS DEL BARRIO DE MONSERRAT Y DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Buenos Aires para chicos

Portal de Turismo

En julio, www.bue.gov.ar publicó un nuevo artículo especial: “Buenos Aires para chicos”, acompañando el período de vacaciones de invierno que en la Ciudad empieza la próxima semana. Buenos Aires –con una de las mayores ofertas teatrales del mundo– presenta numerosos espectáculos infantiles, y sus plazas, paseos y parques están abiertos a los chicos todo el año.

El especial incluye reportajes a Luis Pescetti y a Fabián Saidón. Pescetti es escritor, músico y actor. Realiza shows para chicos –aunque muchos padres también son fanáticos– en ...ver +

Lectura en salas de espera

En el centro de salud número 10

Allí funciona formalmente un programa de lectura en salas de espera. La iniciativa, generada hace algunos años por los profesionales del centro, propone un espacio de promoción mientras los niños aguardan para ser atendidos. A raíz de este emprendimiento, el centro 10, dependiente del hospital Penna, fue seleccionado para ingresar a la iniciativa “Rincones de lectura en hospitales y centros de salud”, promovido por la Fundación Leer, que donó a este centro 100 libros -seleccionados según los distintos grupos de niños y jóvene...ver +

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Nos escriben

Cartas de Lectores

Convocatoria al 2do ENCUENTRO X EL TRANSPORTE PUBLICO

En el primer encuentro x el transporte público que realizamos en la Facultad de Psicología el 9 de junio nos reunimos usuarios y trabajadores de trenes y subtes, y comentamos las distintas actividades que venimos haciendo desde cada lugar, compartimos perspectivas sobre la situación del transporte, y finalmente coincidimos en la necesidad de la coordinación de acciones comunes de los grupos que ya venimos haciendo actividades por separado. Vimos que tanto los trabajadores como los usuarios somo...ver +

20 al 31 de Julio de 2007

Qué hacer en las vacaciones?

VACACIONES FELICES PARA LOS CHICOS DE LA CIUDAD
La Dirección General de Promoción de Actividades Deportivas organizará conjuntamente con la Red de Clubes el programa “Vacaciones Felices” que incluye diversas actividades para los chicos de los barrios durante todas las vacaciones de invierno.
Entre las actividades que se desarrollarán se encuentra el Teatro de Títeres para chicos de hasta 10 años de edad a cargo de la Cooperativa “De la calla de los títeres” que se realizará los días miércoles 25 de julio a las 15:30 en el Cl...ver +

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Noticias de http://www.buenosaires.gov.ar/noticias

del sitio http://www.legislatura.gov.ar/

Se modificó la Ley Orgánica del Ministerio Público

La Legislatura produjo importantes modificaciones que comenzarán a regir la semana próxima. La norma había sido sancionada en diciembre de 2005, pero su entrada en vigencia fue prorrogada en reiteradas oportunidades a los efectos de armonizar su texto con las atribuciones consagradas al Consejo de la Magistratura.

Las modificaciones propuestas buscan agilizar la tarea del Ministerio Público teniendo en cuenta " tarea que implica el traspaso de las nuevas competencias transferidas desde la Justicia Nacional", para lo cual este organismo necesitará herramientas que le permitan "desenvolver plenamente sus funciones sin menoscabar las competencias de otros órganos constitucionales". Algunas de las modificaciones se refieren a la administración de los recursos, como la que establece que la Fiscalía, la Defensoría y la Asesoría General estén posibilitadas de realizar contrataciones para el Ministerio Público.

También se prevé que el Ministerio Público pueda actuar con rapidez para la cobertura de puestos en forma interina de fiscales, defensores y asesores tutelares que solicitaren licencia por el término de hasta 90 días, los que deberán ser cubiertos por funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad.

Otro de los puntos que se reformula es el relativo a las facultades disciplinarias sobre los magistrados, las que serán ejercidas exclusivamente por el Consejo de la Magistratura.

Otra de las modificaciones más relevantes, es que la elaboración anual del anteproyecto de presupuesto será realizada por la Comisión Conjunta de Administración, contemplada en el Artículo 23° de la Ley 1903, sin perjuicio de que la elaboración del Presupuesto siga en cabeza del Consejo de la Magistratura.

El texto que el Cuerpo trató fue consensuado en el marco de la Comisión de Justicia de la Legislatura, entre fiscales, defensores, asesores, miembros del Consejo de la Magistratura y diputados de la Ciudad, sobre la base de varios expedientes: 1375-D-2006, Enrique Olivera, Teresa de Anchorena, Pablo Failde, Liliana Parada, Alejandro Rabinovich, Guillermo Smith y Juan Manuel Velasco; 1890-D-2006, Oscar Zago; 719-D-2007, Luciana Blasco, María Soledad Acuña, Roberto Destéfano y Rodrigo Herrera Bravo; y 720-D-2007, Marcelo Meis y Jorge San Martino.


Principales modificaciones

Caracteres. Definición (art. 1° de la ley 1903): quedó redactado de la siguiente forma: "El Ministerio Público integra el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (se quitó de aquí la frase "con carácter independiente") dotado de autonomía funcional y autarquía, cuya función esencial consiste en promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, velar por la normal prestación del servicio de justicia y procurar ante los tribunales la satisfacción del interés social. (con 35 votos a favor).

Autonomía funcional: Establece que "el Ministerio Público debe ejercer la defensa del interés social, de modo imparcial, observando los principios de legalidad y unidad de actuación, con plena independencia funcional respecto de los poderes del Gobierno de la Ciudad". (modifica el art. 3 de la ley 1903) (con 34 votos a favor).

Organización jerárquica: La organización jerárquica dentro de cada ámbito del Ministerio Público, y en los respectivos fueros, constituye el fundamento de las facultades y responsabilidades disciplinarias que la ley reconoce a los distintos magistrados o funcionarios que lo integran y determina que cada uno de sus miembros controle el correcto desempeño de sus funciones por parte de los magistrados o funcionarios de menor nivel jerárquico que los asisten. Los titulares de cada uno de los tres organismos que componen el Ministerio Público elaboran criterios generales de actuación de sus integrantes, los que deben ser públicos y comunicados por escrito a cada uno de ellos/as y simultáneamente a la Legislatura y al Consejo de la Magistratura de la CABA. Estos criterios no pueden referirse a causas o asuntos particulares no ser contradictorios con la misión de cada integrante del Ministerio Público de promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad". (modifica el art. 5° de la ley 1903 ) (35 votos a favor).

Procedimiento de designación: Se exceptúa al Fiscal General, el Defensor General y el Asesor General Tutelar. Para el resto de los magistrados rige lo establecido en el artículo 7° de la ley de acuerdo a lo previsto en el art. 118 y 120 de la Constitución local. (modifica el art. 9° de la ley 1903). (33 votos a favor).

Facultades: Se quitó en este punto el inciso que establecía la facultad de "dictar los reglamentos internos necesarios y/o convenientes para el cumplimiento de las funciones encomendadas". Se agregó la facultad de "disponer la cobertura, en forma interina, de Fiscales, Defensores/as y Asesores/as Tutelares que solicitaren licencia por el término de hasta 90 días. Se deberá cubrir los cargos por funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad". Fue agregada también la potestad para "designar a los funcionarios y empleados en el marco de las partidas presupuestarias aprobadas por la Legislatura". "Coordinar con el Plenario del Consejo de la Magistratura y con las Comisiones pertinentes, la definición de la planificación estratégica y especialmente de la política judicial y de ejecución presupuestaria para la unificación de los criterios del Poder Judicial de la CABA en dicha materia", es otra de las facultades incorporadas. (modifica el art. 18° de la ley 1903). (32 votos a favor).

Atribuciones: Entre las atribuciones y deberes en relación a sus facultades de gobierno, se eliminó la de "dictar reglamentos de superintendencia general y financiera" quedando los relativos a la organización funcional, de personal, disciplinarios y los que resulten necesarios para cumplir las funciones encomendadas por la Constitución de la Ciudad (modifica el art. 21° de la ley 1903). Los incisos de este artículo quedaron redactados de la siguiente forma:

1. Dictar reglamentos de organización funcional, de personal, disciplinarios y todos los que resultaran necesarios para el más eficiente y eficaz cumplimiento de la misión y funciones encomendadas al Ministerio Público por la Constitución de la Ciudad y las leyes en tanto no resulten contradictorios con los principios generales del Poder Judicial.

2. Podrán realizar contrataciones para la administración del Ministerio Público "hasta el monto de 300.000 unidades de compra" de acuerdo al artículo 143 de la Ley 2095 estableciendo las Unidades Operativas de Contrataciones correspondientes, y proponer a la Comisión de Administración y Financiera del Consejo de la Magistratura, aquellas de un monto superior, coordinando con las diversas dependencias los requerimientos de insumos y necesidades de todo tipo, aplicando la legislación vigente en materia de contrataciones.

3. Coordinar las actividades del Ministerio Público con las diversas autoridades locales, nacionales, provinciales y municipales requiriendo su colaboración cuando fuere necesario.

4. Deberán elaborar y remitir al Plenario del Consejo de la Magistratura, a través de la Comisión de Administración y Financiera, el anteproyecto de presupuesto anual y el plan anual de compras del Ministerio Público.

5 y 6. También podrán elaborar y proponer al Plenario del Consejo de la Magistratura las ampliaciones a la estructura orgánica necesarias para el normal y eficiente cumplimiento de las tareas que le son propias. Además de reorganizar la estructura interna y realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del servicio. (con 32 votos positivos).

Autarquía: Se quitó en este artículo el término "financiera", el resto del mismo quedó redactado de la misma manera. (modifica el art. 22° de la ley 1903) (32 votos positivos).

Ejecución presupuestaria. La nueva redacción es la siguiente: El Ministerio Público ejecuta el presupuesto asignado dentro de los parámetros de la ley y observa las previsiones de las leyes de Administración Financiera del sector público de la Ciudad, con las atribuciones y excepciones establecidas en los artículos 6° y 61° de la ley N° 70. La Fiscalía General, la Defensoría General y la Asesoría General Tutelar, cada una en su respectivo ámbito, podrán solicitar al Consejo de la Magistratura la reasignación de partidas presupuestarias que considere necesarias. Asimismo el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA podrá modificar la distribución funcional del gasto correspondiente al Ministerio Público, previo consentimiento de los titulares de cada rama. (modifica el art. 23° de la ley 1903) (32 votos positivos).

Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público: a los efectos de ejercer las competencias y facultades de administración general (se quitó el término "financieras") que involucren al Ministerio Público en su conjunto, se constituye una comisión conjunta de administración, la que se integra con cada uno/a de los/as titulares de cada ámbito o con el/la adjunto/a al que aquellos/as dispusieren delegarle la competencia (para su integración se quitó el requisito de prioridad según el orden de antigüedad en el cargo).

La intervención de la comisión conjunta de administración del Ministerio Público es obligatoria a efectos de los siguiente asuntos, según quedó la nueva redacción:

Elaboración y aprobación del Reglamento interno en consonancia con las pautas generales establecidas por el Consejo de la Magistratura. Elaboración y aprobación del Reglamento de Sumarios que debe garantizar el derecho de defensa y el debido proceso adjetivo. Confección del anteproyecto de presupuesto y del plan anual de compras conforme a las necesidades de cada área.

Organización y dirección de las estructuras mínimas necesarias para el normal y eficiente cumplimiento de las tareas de administración asignadas por la ley modificatoria (antes se incluía en este artículo "el servicio administrativo-financiero y de recursos humanos del Ministerio Público"). También se agrega lo siguiente: "a tal propósito y cuando resulte necesario a efectos de evitar la duplicación de estructuras, se podrán establecer acuerdos con el Consejo de la Magistratura, a fin de contar con el soporte administrativo de las estructuras propias de este último". El resto del texto no se modificó. (modifica el art. 24° de la ley 1903) (32 votos positivos).

Poder disciplinario: A las sanciones disciplinarias de Prevención, Apercibimiento y Multa de hasta el 10% de sus remuneraciones mensuales vigentes para funcionarios y empleados de la Fiscalía General, de la Defensoría General y la Asesoría General Tutelar, se agrega la suspensión de hasta 5 días. La multa y suspensión será recurrible con efecto suspensivo ante el Consejo de la Magistratura y el recurso será resuelto por el Plenario, previo dictamen de la Comisión de Disciplina y Acusación. (modifica el art. 25° de la ley 1903) (31 votos positivos).

Correcciones disciplinarias en el proceso: el artículo 10 de la ley modificatoria cambia el artículo 26 de la 1903 referido a la aplicación de correcciones disciplinarias a miembros del Ministerio Público. Se introdujo la obligación de los jueces de comunicar también al Consejo de la Magistratura y no sólo a los titulares de cada ámbito del Ministerio Público (como hasta ahora) la falta cometida. (32 votos positivos).

Fiscales Generales Adjuntos: son dos los que se desempeñan en relación inmediata con el Fiscal General (modifica art. 30 de la ley 1903). En este punto se incorporaron las funciones de cada uno de ellos: uno con competencia en lo Contencioso Administrativo y Tributario y otro en lo Penal, Contravencional y de Faltas. (32 votos positivos).

Atribuciones y Competencias de los Fiscales Generales Adjuntos/as además de las funciones que les encomiende el o la Fiscal General (modifica art.31 de la ley 1903): se incorporaron dos funciones más que son las de: Intervenir en las cuestiones disciplinarias y eventuales sanciones que pudieren corresponderle a los sumariados de su área; Supervisar el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal en las instancias inferiores, cada uno en su ámbito de competencia. En tanto se suprimió la función de: Integrar el Tribunal de Disciplina del Ministerio Público Fiscal. (32 votos positivos).

Atribuciones y Competencias de los Defensores Generales Adjuntos: son dos que se desempeñan en relación inmediata con el Defensor o Defensora General. Se incorporaron las atribuciones de ambos: uno con competencia en lo Contencioso Administrativo y Tributario y otro en lo Penal, Contravencional y de Faltas. Estos funcionarios, además de las funciones que el/la Defensor/a General les encomiende, les corresponden las establecidas en el artículo 37 de la ley 1903. Al igual en el caso de los Fiscales Generales Adjuntos, se eliminó la función de Integrar el Tribunal de Disciplina del Ministerio Público de la Defensa y se incorporaron las funciones de: Intervenir en las cuestiones disciplinarias y eventuales sanciones que pudieren corresponderle a los sumariados de su área; Supervisar el funcionamiento del Ministerio Público de Defensa en las instancias inferiores, cada uno en su ámbito de competencia. (32 votos positivos).

Atribuciones y competencia del Asesor o Asesora General Tutelar Adjunto/a (modifica art. 47 de la ley 1903): son dos los que se desempeñan en relación inmediata con el Asesor o Asesora General Tutelar. Uno/a para personas incapaces, y otro/a para personas menores de edad, a quienes, además de las funciones que aquél o aquella les encomiende, corresponde las comprendidas en ese art. de la ley. Fue quitada la misma función que a los Fiscales y Defensores Generales Adjuntos y fueron incorporadas las mismas funciones que en los casos de los funcionarios mencionados.(32 votos positivos).

Cláusulas Transitorias: Se modificó la cláusula segunda que quedó de la siguiente forma: "Los cargos que se crean por la presente ley se designan de acuerdo a las necesidades del servicio".(31 votos positivos)

Se incorporó una cuarta que establece que: "Hasta tanto cada ámbito del Ministerio Público asuma plenamente las facultades de administración que le son propias conforme la presente ley, el Consejo de la Magistratura continuará prestando el soporte administrativo correspondiente a las tareas de administración del personal, liquidación de sueldos, servicios de infraestructura y mantenimiento, compras y contrataciones, preadjudicaciones, servicios técnicos informáticos y demás tareas que aseguren el normal funcionamiento".(32 votos positivos)


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